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title: "Se podrán trasladar animales domésticos en micros y trenes de larga distancia de jurisdicción nacional"
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description: "A través de la Resolución 2076/2025 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, que aprueba las pautas y condiciones para su transporte. La medida busca responder a la necesidad del sector que, a diferencia del transporte aéreo donde está permitido, no contaba con la posibilidad de ofrecer a los pasajeros el traslado de sus mascotas garantizando el bienestar animal y una experiencia de viaje confortable para todos los usuarios."
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date_published: "2025-12-23T10:23:00-03:00"
date_modified: "2025-12-23T14:56:12-03:00"
tags:
  - "animales"
  - "Secretaría de Transporte Nación"
  - "Transporte"
category_name: "Sociedad"
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# Se podrán trasladar animales domésticos en micros y trenes de larga distancia de jurisdicción nacional

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La **resolución** establece que cada pasajero mayor de edad podrá trasladar **un animal doméstico, el cual deberá viajar en un contenedor o transportador adecuado que asegure su salubridad y protección**. Este deberá permanecer cerrado y podrá ubicarse preferentemente sobre la falda del dueño, debajo del asiento delantero o sobre el asiento adyacente a la ventana, siempre asegurado con el cinturón de seguridad.

Al momento de abordar, o cuando lo solicite el personal de la empresa de transporte, **el pasajero deberá exhibir la constancia de vacunación antirrábica vigente y cualquier otra documentación requerida por la normativa aplicable, la cual deberá portar durante todo el viaje**. También será responsable de la custodia, salud y seguridad de su mascota, y de garantizar que no cause molestias a otros pasajeros.

**Las empresas de transporte** establecerán las condiciones y limitaciones relativas a especies, razas, peso, dimensiones y demás características de los animales a trasladar, así como otros requisitos o restricciones operativas (días, horarios, recorridos, etc.). Asimismo, deberán definir los procedimientos de limpieza y desinfección posteriores al traslado, para asegurar que los asientos queden en condiciones para su uso por parte de otros pasajeros o animales.

En **terminales, estaciones y paradas habilitadas deberán disponerse espacios específicos para la espera y el abordaje de pasajeros con animales domésticos**, debidamente señalizados y acondicionados conforme a las normas de seguridad e higiene vigentes.

Las empresas podrán fijar **una tarifa razonable para el traslado de animales domésticos**, de acuerdo con las condiciones del mercado y del servicio ofrecido. Esta deberá informarse de manera clara y precisa, según lo previsto por la Ley de Defensa del Consumidor.

Se aclara que**los perros guías o de asistencia de personas con discapacidad están exceptuados de lo dispuesto en esta resolución**, ya que cuentan con un régimen específico que los contempla.

Con esta medida, el **Gobierno Nacional** elimina restricciones al transporte de animales en servicios de larga distancia, moderniza la normativa vigente y la adecua a las necesidades actuales del sector, así como al derecho de las personas a viajar con sus mascotas. De este modo, se promueve un sistema de transporte más responsable y desburocratizado, basado en los principios de bienestar animal y libertad en la prestación de servicios.

[**Secretaría de Transporte**](https://www.argentina.gob.ar/noticias/se-podran-trasladar-animales-domesticos-en-micros-y-trenes-de-larga-distancia-de)

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